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Claves que debes saber para seguir el nuevo Plan de Ahorro Energético.
AGO 2022


El día 10 de agosto de 2022 entró en vigor las medidas del nuevo plan de ahorro energético. El objetivo del plan es empezar a reducir el consumo energético ante la ola inflacionista sumado al creciente riesgo de que se materialicen las amenazas de Rusia de un corte total en el suministro de gas a Europa.

 

¿A quién afecta?

Deberán reprogramar la temperatura de los aires acondicionados los edificios de la Administración Pública, oficinas, zonas de uso público, centros comerciales, tiendas, grandes almacenes, supermercados, hostelería, espacios culturales como cines y auditorios y estaciones. La norma no afectará a los hogares.

 

¿Qué debemos hacer?

  • El aire acondicionado no podrá ser inferior a los 27 grados y la calefacción superior a los 19 grados, la humedad relativa debe mantenerse entre el 30% y el 70%.
    • Será de obligado complimiento en edificios y locales con un uso administrativo -oficinas, vestíbulos o zonas de uso público-, comercial -tiendas, supermercados, centros comerciales- y de concurrencia pública -estaciones de tren, aeropuertos, locales recreativos o de espectáculos, salas de exposiciones, cines, teatros, auditorios...-
    • Esta obligación no se aplicará en hospitales, centros de salud, guarderías, colegios, institutos, universidades, gimnasios, peluquerías y lavanderías. Tampoco dentro de los medios de transporte en sí, como los trenes, aviones o barcos.
    • La aplicación de la temperatura es flexible en función de las condiciones laborales y las especificidades de los sectores. Es lo que permitirá a bares, cafeterías y restaurantes poner el aire acondicionado a 25 grados por entenderse que allí cocineros y camareros realizan lo que se denomina legalmente un «trabajo ligero», que significa que requiere desplazamientos continuos. Esta característica recogida en la normativa laboral desde 1997 permitirá también esa temperatura en el trabajo en almacenes de comercios o la industria.
  • A partir de las 22:00, se deberán apagar los escaparates y el alumbrado de los edificios públicos que a esa hora estén desocupados.
  • Además, para el 30 de septiembre los edificios deberán tener instalado un sistema automático de cierre de puertas que dan a la calle. Esta obligación ya existía desde 2009, salvo para locales que se climatizan con energía renovable, que ahora también tendrán que adecuarse. También se deberá informar a través de carteles o pantallas sobre las nuevas medidas de ahorro energético en la entrada, fecha límite 2 de septiembre.
  • Aquello edificios que hayan realizado la inspección de eficiencia energética antes del 1 de enero de 2021 deberán hacerla de nuevo antes de que acabe el
  • A partir del 2 de septiembre, los edificios con limitación de temperatura deberán informar mediante carteles o pantallas de la aplicación de las medidas de ahorro y disponer de termómetros visibles con los grados y la humendad.

 

¿A quién no afecta?

Estas medidas no afectaran a aquellos centros que por condiciones laborales u otros casos no puedan acoger los límites de temperatura, como por ejemplo las cocinas de los restaurantes. Estos casos son: centros de formación, centros sanitarios y hospitales, peluquerías y lavanderías, gimnasios, medios de transporte (trenes, barcos, aviones) o las habitaciones de los hoteles (sí las zonas comunes).

 

¿Habrá multas?

Sí, según lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Se podría tratar de multas de hasta 60.000 euros para las infracciones leves, un máximo de seis millones para las graves y de 100 millones para las muy graves. Las responsables son las comunidades autónomas. El régimen sancionador se aplica según criterios de proporcionalidad, serán mucho mas asimilables para el resto de edificios y comercios.

 

¿Cuánto durará?

La norma estará en vigor hasta noviembre de 2023. El cierre automático de puertas no tiene fecha de finalización.

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